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El
artículo 31.1.20 de la Ley Orgánica 9/1982, de 10
de agosto, del Estatuto de Autonomía de Castilla-La mancha,
otorga competencia exclusiva en materia de promoción y ayuda
a la juventud a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Por
su parte el Consejo de Gobierno, ha encomendado especialmente a
la Dirección General de Juventud de la Consejería
de Relaciones Institucionales, el desarrollo de las políticas
dirigidas a la población joven de Castilla-La Mancha.
Entre las competencias y servicios de responsabilidad de la Dirección
General de Juventud, se encuentran los relativos a la dirección,
gestión y titularidad de las instalaciones radicadas en Castilla-La
Mancha, comprendidas en la Red Española de Albergues Juveniles
(REAJ).
Promover la movilidad de los jóvenes en el ámbito
territorial de Castilla-La Mancha, a través de los albergues
juveniles, propios o asociados colaboradores, es uno de los principales
objetivos de la Red de Albergues Juveniles que, desde una infraestructura
idónea de alojamiento, facilita la comunicación cultural
entre los jóvenes, así como el desarrollo de sus intereses
juveniles de cooperación y conocimiento mutuo.
Así mismo se pretende velar para que sea efectivo el compromiso
de los albergues, propios o asociados, con idénticos fines
a los de las Redes Española e Internacional, respecto de
la educación de los jóvenes basada en valores como
la igualdad, la tolerancia, la democracia, la solidaridad, la no
violencia, el respeto al medio natural y a los valores culturales
de cada sociedad.
Todo ello a través de una completa oferta de instalaciones
juveniles, con altos niveles de calidad en el servicio, así
como con dependencias cómodas y seguras que ofrecen múltiples
recursos naturales, culturales y también técnicos
para el desarrollo de actividades educativas, recreativas, y deportivas
variadas. |
| ¿Quién puede utilizar
la red de albergues juveniles?. |
| Podrán
utilizar los Albergues Juveniles de Castilla-La Mancha, todas las
personas que individualmente lo soliciten y estén en posesión
del carnet de Alberguista.
Así mismo, los albergues
juveniles están especialmente a disposición de:
A)
Las Asociaciones y Secciones Juveniles, así como
las Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud, inscritas
en el Registro Regional existente al efecto en la Consejería
de Relaciones Institucionales.
B) Los Consejos Locales
de Juventud de Castilla-La Mancha, reconocidos como tales según
la normativa vigente
C) Asociaciones u Organizaciones
ciudadanas legalmente constituidas, aunque no estén radicadas
en Castilla-La Mancha, que desarrollen programas para jóvenes.
D)
Otras instituciones o entidades, tales como Ayuntamientos, Centros
de Enseñanza, Asociaciones de vecinos, entidades de voluntariado,
etc.
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| Regulación de uso de Albergues
y Campamentos. |
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